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CONVOCATORIA DE ELECCIONES AL CARGO DE HERMANO MAYOR DE LA HERMANDAD

Piedad - CONVOCATORIA DE ELECCIONES AL CARGO DE HERMANO MAYOR DE LA HERMANDAD

Por disposición del Hermano Mayor y según dictan los Estatutos de nuestra Hermandad, se convoca a todos los hermanos de la Hermandad del Santísimo Cristo de la Piedad a:

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ELECCIONES

Que tendrá lugar el próximo 30 de Junio de 2012, a las 19:15 horas en primera convocatoria y a las 19:30 horas en segunda convocatoria, en la Casa Hermandad, sita en la c/ Azucena 21, Bajo B, de Ciudad Real, con el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1º.- Oración Inicial

2º.- Elección Hermano Mayor

La presentación de candidaturas se hará en la Casa Hermandad de las 21.00 a las 22:00 horas, los días 11, 18 y 25 de mayo, siendo este el último día para la recepción de candidaturas.

Todo hermano que desee ser candidato, deberá de estar al día en el pago de la cuota.

Las candidaturas estarán expuestas en los tablones de la S.I.P.B. Catedral a partir del sábado 26 de Mayo (y no 26 de Abril como ponía en la citación del Boletín de Cuaresma de la Hermandad)


NORMAS ELECTORALES

Al ser convocada la asamblea de Elecciones estando en vigor los antiguos estatutos, al estar los nuevos pendientes de aprobación en el obispado, las normas por las que se regirán serán las actuales, de las que se extraen:

Art. 42.- Todo candidato será al cargo de Hermano Mayor, ya que el resto de la Junta Directiva serán elegidos por el Hermano Mayor, el cual, por el bien de la Hermandad podrá cesar cuando lo estime conveniente, ocupando el cargo otra persona de confianza del Hermano Mayor...

Art. 44.- Un mes antes de la celebración de la Asamblea de Elecciones se abrirá el plazo de presentación, el cual se cierre quince días andtes de la Elección. La lista de candidatos se hará pública en los tablones de la Catedra Basílica.

No podrán ser candidatos quienes ejerzan cargos de dirección en partidos políticos, o de autoridad de ejecutiva nacional, provincial o municipal en el territorio político.

Art. 45.- La Asamblea de Elecciones tendrá la consideración de Ordinaria, realizándose la votación de forma personal y secreta entre los hermanos presentes, previa acreditación de su identidad, pudiéndose delegar el voto por no asistencia en un hermano con mayoría de edad. No pueden votar los menores de edad.

El voto por correo o procurador queda excluido. Para poder ser elegido se requiere, según lo dispuesto en el Canon 119.1ª, mayoría absoluta en primera o segunda votación. Si no se lograra, se realizaría una tercera votación sobre las candidaturas que más votos hayan obtenido, resultando definido el que en esta haya obtenido mayor número de votos. En caso de presentarse una sola candidatura no se realizará votación, la mesa electoral proclamará al Hermano mayor al único hermano presentado a la misma.

Art. 46.- Efectuado el escrutinio de los votos emitidos la mesa electoral proclamará al Hermano Mayor, pero la elección no surte efecto hasta que el Obispo la haya confirmado, quien puede delegar en el Consiliario para tal efecto. El Hermano Mayor por sí, o por medio del Secretario saliente, deberá solicitar la confirmación en el plazo máximo de ocho días acompañándo el Acta de la Asamblea.

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